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Factura simplificada vs completa: cuál usar

La factura simplificada lleva menos datos que la completa y solo se puede usar en operaciones pequeñas, casi siempre con particulares. Aquí tienes en qué se diferencian, cuándo puedes emitir cada una y qué hacer si tu cliente te pide la completa después.

Publicado el 07/10/2026

En resumen: la factura simplificada es la que sustituyó al tique. No lleva los datos del cliente y puede indicar el total con "IVA incluido", sin separar base y cuota. Puedes emitirla en operaciones de hasta 400 €, IVA incluido, o de hasta 3.000 € en algunos sectores como el comercio minorista o la hostelería. Si tu cliente es una empresa o un autónomo, emite una factura completa: es la que necesita para deducirse el IVA y la única práctica si hay retención de IRPF.

Diferencias entre factura simplificada y completa

Las dos son facturas válidas y las regula el mismo Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). La diferencia está en los datos que llevan:

Dato Completa Simplificada
Número, serie y fecha Sí Sí
Tu nombre y NIF Sí Sí
Tu domicilio Sí No
Nombre, NIF y domicilio del cliente Sí No
Descripción Detallada: cantidad, precio unitario y descuentos Basta con identificar el tipo de producto o servicio
Tipo de IVA Sí Sí
Base imponible y cuota de IVA Por separado Puedes poner solo el total con la mención "IVA incluido"
Serie La general Una serie propia, obligatoria si en el mismo año emites también completas
Límite de importe Ninguno 400 € en general (3.000 € en algunos sectores)

Las menciones especiales (operación exenta, criterio de caja…) van en las dos cuando corresponden. Tienes la lista completa de lo que lleva una factura normal en qué datos debe llevar una factura.

Cuándo puedes emitir una factura simplificada

Puedes elegir la simplificada en lugar de la completa en estos casos:

  • Operaciones de hasta 400 €, IVA incluido. Es el caso general y vale para cualquier actividad.
  • Operaciones de hasta 3.000 €, IVA incluido, en algunos sectores: ventas al por menor a consumidores finales, ventas o servicios a domicilio del consumidor, estudios fotográficos, hostelería y restauración, transporte de personas, peluquerías y salones de belleza, instalaciones deportivas, aparcamientos, tintorerías y lavanderías y autopistas de peaje, entre otros.
  • Facturas rectificativas de cualquier importe.
  • Cuando la Agencia Tributaria lo autoriza en un sector concreto, previa solicitud.

Aunque el importe sea pequeño, no puedes usarla en las entregas de bienes a otro país de la UE, en las ventas a distancia a particulares de otros países de la UE (salvo que uses la ventanilla única), ni cuando la operación se entiende hecha fuera de España, como un servicio a una empresa de otro país de la UE, en el que el IVA lo declara el cliente. En esos casos, la factura siempre es completa.

Cuándo tienes que emitir una factura completa

Fuera de los casos anteriores, la factura es completa. Y aunque el importe permita la simplificada, en la práctica la completa es la buena opción si:

  • Tu cliente es una empresa o un autónomo. Para deducirse el IVA necesita sus datos y la cuota de IVA en la factura. La ley permite añadir esos datos a una simplificada, pero el resultado es casi una completa, y la mayoría de empresas te pedirán la completa.
  • Hay retención de IRPF. Si eres profesional y facturas a una empresa, la retención se calcula sobre la base imponible y tiene que aparecer en la factura. Hazlo siempre en una completa.
  • El cliente te la pide. Aunque sea un particular, darle una completa nunca es un error.

Por eso, si la mayoría de tus clientes son empresas, lo normal es que emitas siempre facturas completas y uses la simplificada solo con particulares y en importes pequeños.

Ejemplo: el mismo trabajo, dos facturas

Una diseñadora gráfica autónoma diseña las invitaciones de boda de una pareja por 121 €, IVA incluido. Como el cliente es un particular y el importe no llega a 400 €, puede emitir una factura simplificada:

Dato Factura simplificada
Número y fecha S2026-0008, 7 de octubre de 2026
Emisora Nombre, apellidos y NIF de la diseñadora
Descripción Diseño de invitaciones de boda
Total 121,00 € (IVA incluido, 21%)

La misma semana diseña la carta de un restaurante por 100 € más IVA. El cliente es una empresa y ella es profesional, así que emite una factura completa con retención:

Dato Factura completa
Número y fecha 2026-0031, 7 de octubre de 2026
Emisora Nombre, apellidos, NIF y domicilio de la diseñadora
Cliente Razón social, NIF y domicilio del restaurante
Descripción Diseño de carta de restaurante, 1 unidad × 100,00 €
Base imponible 100,00 €
IVA (21%) 21,00 €
Retención IRPF (15%) − 15,00 €
Total 106,00 €

Como emite facturas de los dos tipos en el mismo año, la ley la obliga a llevar las simplificadas en una serie propia (aquí, "S2026"), separada de las completas, cada una con su numeración correlativa sin huecos. Si quieres ver el proceso entero, sigue la guía de cómo hacer una factura paso a paso.

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Si el cliente te pide la completa después

Puede pasar: le das una simplificada a un cliente y días después te pide la factura completa con sus datos, por ejemplo porque es autónomo y quiere deducirse el IVA. No modifiques la simplificada. Emite una factura completa nueva con los datos del cliente que indique a qué factura simplificada sustituye. Esta factura de sustitución o canje no es una rectificativa, siempre que la simplificada estuviera bien hecha: no corrige un error, solo añade los datos que faltaban.

Facturas simplificadas y VeriFactu

VeriFactu no cambia cuándo puedes usar cada tipo de factura. Lo que sí pide es que las simplificadas, igual que las completas, se emitan con un programa que las registre y las encadene, y que lleven el código QR. El programa marca cada registro con su tipo: factura completa, simplificada o completa que sustituye a una simplificada. Para autónomos, esto es obligatorio desde octubre de 2028.

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre la factura simplificada

¿Un tique de caja es una factura simplificada?
Sí. Desde 2013 el tique ya no existe como documento propio: lo que te dan en una tienda o en un bar es una factura simplificada, y tiene que llevar número, fecha, nombre y NIF del vendedor, el tipo de IVA aplicado y el total.
¿Puedo hacer una factura simplificada de más de 400 €?
Solo si tu actividad está en uno de los sectores con límite de 3.000 €, como el comercio minorista o la hostelería, o si la Agencia Tributaria te lo ha autorizado. Si no, por encima de 400 €, IVA incluido, la factura tiene que ser completa.
¿Un autónomo se puede deducir el IVA de una factura simplificada?
Sí, siempre que la factura incluya su NIF, su domicilio y la cuota de IVA por separado. Sin esos datos, no. Por eso, si compras algo para tu actividad, pide la factura con tus datos.
¿Hace falta poner el NIF del cliente en una factura simplificada?
No. Solo si el cliente es una empresa o un autónomo y te lo pide para deducirse el IVA. En ese caso tienes que añadir también su domicilio y la cuota de IVA por separado.
¿Las facturas simplificadas tienen que ir en una serie aparte?
Sí, si en el mismo año emites también facturas completas: el Reglamento de facturación obliga a llevar unas y otras en series separadas, cada una con su numeración correlativa.

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