La factura simplificada lleva menos datos que la completa y solo se puede usar en operaciones pequeñas, casi siempre con particulares. Aquí tienes en qué se diferencian, cuándo puedes emitir cada una y qué hacer si tu cliente te pide la completa después.
Publicado el 07/10/2026
En resumen: la factura simplificada es la que sustituyó al tique. No lleva los datos del cliente y puede indicar el total con "IVA incluido", sin separar base y cuota. Puedes emitirla en operaciones de hasta 400 €, IVA incluido, o de hasta 3.000 € en algunos sectores como el comercio minorista o la hostelería. Si tu cliente es una empresa o un autónomo, emite una factura completa: es la que necesita para deducirse el IVA y la única práctica si hay retención de IRPF.
Las dos son facturas válidas y las regula el mismo Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). La diferencia está en los datos que llevan:
| Dato | Completa | Simplificada |
|---|---|---|
| Número, serie y fecha | Sí | Sí |
| Tu nombre y NIF | Sí | Sí |
| Tu domicilio | Sí | No |
| Nombre, NIF y domicilio del cliente | Sí | No |
| Descripción | Detallada: cantidad, precio unitario y descuentos | Basta con identificar el tipo de producto o servicio |
| Tipo de IVA | Sí | Sí |
| Base imponible y cuota de IVA | Por separado | Puedes poner solo el total con la mención "IVA incluido" |
| Serie | La general | Una serie propia, obligatoria si en el mismo año emites también completas |
| Límite de importe | Ninguno | 400 € en general (3.000 € en algunos sectores) |
Las menciones especiales (operación exenta, criterio de caja…) van en las dos cuando corresponden. Tienes la lista completa de lo que lleva una factura normal en qué datos debe llevar una factura.
Puedes elegir la simplificada en lugar de la completa en estos casos:
Aunque el importe sea pequeño, no puedes usarla en las entregas de bienes a otro país de la UE, en las ventas a distancia a particulares de otros países de la UE (salvo que uses la ventanilla única), ni cuando la operación se entiende hecha fuera de España, como un servicio a una empresa de otro país de la UE, en el que el IVA lo declara el cliente. En esos casos, la factura siempre es completa.
Fuera de los casos anteriores, la factura es completa. Y aunque el importe permita la simplificada, en la práctica la completa es la buena opción si:
Por eso, si la mayoría de tus clientes son empresas, lo normal es que emitas siempre facturas completas y uses la simplificada solo con particulares y en importes pequeños.
Una diseñadora gráfica autónoma diseña las invitaciones de boda de una pareja por 121 €, IVA incluido. Como el cliente es un particular y el importe no llega a 400 €, puede emitir una factura simplificada:
| Dato | Factura simplificada |
|---|---|
| Número y fecha | S2026-0008, 7 de octubre de 2026 |
| Emisora | Nombre, apellidos y NIF de la diseñadora |
| Descripción | Diseño de invitaciones de boda |
| Total | 121,00 € (IVA incluido, 21%) |
La misma semana diseña la carta de un restaurante por 100 € más IVA. El cliente es una empresa y ella es profesional, así que emite una factura completa con retención:
| Dato | Factura completa |
|---|---|
| Número y fecha | 2026-0031, 7 de octubre de 2026 |
| Emisora | Nombre, apellidos, NIF y domicilio de la diseñadora |
| Cliente | Razón social, NIF y domicilio del restaurante |
| Descripción | Diseño de carta de restaurante, 1 unidad × 100,00 € |
| Base imponible | 100,00 € |
| IVA (21%) | 21,00 € |
| Retención IRPF (15%) | − 15,00 € |
| Total | 106,00 € |
Como emite facturas de los dos tipos en el mismo año, la ley la obliga a llevar las simplificadas en una serie propia (aquí, "S2026"), separada de las completas, cada una con su numeración correlativa sin huecos. Si quieres ver el proceso entero, sigue la guía de cómo hacer una factura paso a paso.
Completa o simplificada, sin pensarlo
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Apuntarme a la listaPuede pasar: le das una simplificada a un cliente y días después te pide la factura completa con sus datos, por ejemplo porque es autónomo y quiere deducirse el IVA. No modifiques la simplificada. Emite una factura completa nueva con los datos del cliente que indique a qué factura simplificada sustituye. Esta factura de sustitución o canje no es una rectificativa, siempre que la simplificada estuviera bien hecha: no corrige un error, solo añade los datos que faltaban.
VeriFactu no cambia cuándo puedes usar cada tipo de factura. Lo que sí pide es que las simplificadas, igual que las completas, se emitan con un programa que las registre y las encadene, y que lleven el código QR. El programa marca cada registro con su tipo: factura completa, simplificada o completa que sustituye a una simplificada. Para autónomos, esto es obligatorio desde octubre de 2028.
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